RAMA XII – SALUD-III

ORDENANZA XII – Nº 3 (Antes Ordenanza 56/19)

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ARTÍCULO 1.- Constitúyase el Consejo Municipal de Seguridad Alimentaria, el mismo está integrado por representantes de la Municipalidad y de todos los sectores representativos de la comunidad que acepten designar a un representante, con la función de diagnosticar la situación de nuestra comunidad y proponer las acciones a seguir.

ARTÍCULO 2.- Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal.

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