RAMA IV – CULTURA Y EDUCACIÓN-V

ORDENANZA IV – Nº 5 (Antes Ordenanza 25/19)


ARTÍCULO 1.- Adhiere el Municipio de 25 de Mayo, al convenio de colaboración interinstitucional entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Misiones, Consejo General de Educación y la Unión Docente de la Provincia de Misiones (UDPM), para la implementación de los contenidos de educación en seguridad vial que fue firmado en el año 2018.

ARTÍCULO 2.- Adhiere, el Municipio de 25 de Mayo, a la Ley VI – Nº 188 de la Provincia de Misiones que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Ordenanza, que establece la realización de un trabajo de rescate de la historia y cultura de los Municipios.

ARTICULO 3.- Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal la creación de la Comisión encargada de la Recuperación de nuestra historia

ARTÍCULO 4.– Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal.

ANEXO ÚNICO

LEY VI – N.º 188


ARTÍCULO 1.- Establécese la realización de un trabajo de rescate de la historia y cultura de los municipios de la Provincia, consistente en la recuperación y recopilación sistemática de los componentes culturales mediante informantes clave, con la participación activa de toda la población, y cuyos avances deben estar disponibles para su acceso en forma gratuita.

ARTÍCULO 2.- Créase en cada municipio un “Museo Histórico-Cultural” local, para la exposición y difusión de todo el material recopilado, de conformidad a lo establecido por la Ley VI – N.° 143.

ARTÍCULO 3.- Determínase que el trabajo de campo y posterior recopilación y digitalización de todo el material disponible, está a cargo de la Secretaría de Cultura o el organismo que corresponda a cada municipio, la cual debe asignar funciones a personal idóneo para dicha tarea.

ARTÍCULO 4.- Invítase a los municipios a adherirse a la presente Ley.

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.

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