ORDENANZA I – N° 1
(Antes Ordenanza 16/98)
ARTÍCULO 1.- Autoriza al Sr. Intendente de la Municipalidad de 25 de Mayo, Don Mario Lindemann, a firmar convenio con Banco Macro S.A., filial 25 de Mayo, tendiente a proceder al pago de haberes, correspondientes de la totalidad del personal municipal.
ARTÍCULO 2.- Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal la apertura de una cuenta corriente bancaria o Cuenta Custodio de Letras del Tesoro (LECOP) en el Banco Macro S.A., Sucursal 25 de Mayo, para uso exclusivo de la administración de los fondos recibidos del Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, la cual se denomina Programa de Seguridad Alimentaria, según Decreto Provincial Nº 60/02.
ARTÍCULO 3.- Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal la apertura de una cuenta corriente en el Banco Macro S.A., Sucursal 25 de Mayo, para uso exclusivo de la administración de los fondos provenientes del gobierno provincial para el Programa de Descentralización de la Gestión de la Atención Primaria de la Salud en el Municipio de 25 de Mayo.
ARTÍCULO 4.- Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal la apertura de una cuenta corriente en el Banco Macro S. A. denominada Municipio de 25 de Mayo – Decreto Nacional N° 206/09 y Decreto Provincial N° 292/09 – Fondo Provincial Solidario.
ARTÍCULO 5.- Autoriza la creación de una cuenta corriente para la Municipalidad de 25 de Mayo, destinada exclusivamente al Programa SUMAR.
ARTÍCULO 6.- Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal.
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