ORDENANZA X – N° 9 (Antes Ordenanza 07/23)
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APROBACIONES DE CONVENIOS Y OBRAS
TÍTULO I APROBACION DE CONVENIOS
CAPÍTULO I
INSTITUTO PROVINCIAL DE DESARROLLO HABITACIONAL
ARTÍCULO 1.- Aprueba en todo sus términos y en particular la cláusula séptima del convenio N° 3008, el cual forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I, suscripto entre Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) y la Municipalidad de 25 de Mayo, por el cual el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) se compromete a financiar la construcción de empedrado, cordón cuneta y badenes equivalente a seiscientos veinte (620) metros de cordón cuneta, cinco mil cien (5.100) metros cuadrados de empedrado y ciento veinte (120) metros de badenes en la localidad de 25 de Mayo, Provincia de Misiones, obra que se realiza en un todo de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente Administrativo N° 1446/22.
ARTÍCULO 2.- Autoriza la construcción de la obra de mención en el Artículo 1 conforme se desprende de la cláusula sexta del convenio que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I.
ARTÍCULO 3.- Aprueba en particular la cláusula séptima del convenio N° 3008, que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo I, en relación por la responsabilidad al incumplimiento y a las facultades del Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA.) a suspender y requerir reintegros por incumplimientos.
ARTICULO 4.- Aprueba el convenio con el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) N° 2783 en su totalidad, el cual forma parte de la presente Ordenanza como Anexo II.
ARTÍCULO 5.- El Ejecutivo Municipal debe enviar al Concejo Deliberante un informe detallado del avance de obra según el plan de trabajo establecido en la cláusula octava del convenio de referencia, que forma parte de la presente Ordenanza como Anexo II ARTÍCULO 6.- Aprueba en todos sus términos y de manera particular la cláusula séptima, el convenio suscripto entre el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) y la Municipalidad de 25 de Mayo, Misiones, por el cual el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) otorga un aporte no reintegrable, de $2.498.604,10 (pesos dos millones, cuatrocientos noventa y ocho mil, seiscientos cuatro con 10/100) para la ejecución de la obra de 1093,34 metros lineales de Cordón Cuneta, 8244,42 m2 de empedrado, y 160.00 metros lineales de badén en la Localidad de 25 de Mayo, Misiones.
ARTÍCULO 7.- Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal según la Ley de Contabilidad XII N° 11 (antes Ley N° 2303) de la Provincia de Misiones vigente a la contratación de la empresa encargada de realizar la obra mencionada en al Artículo 6, de acuerdo a cada desembolso que reciba el Municipio, según indica el Artículo N° 8 del convenio firmado entre el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) – Municipalidad de 25 de Mayo
TÍTULO II
APROBACIONES DE OBRAS
CAPÍTULO I
FIBRA ÓPTICA Y TENDIDO ELÉCTRICO
ARTÍCULO 8.- Autoriza a la empresa Marandú Comunicaciones la construcción de la Red Provincial de Fibra Óptica en conjunto con la Red Federal de Fibra Óptica, señalando el trazado de la misma, a saber el siguiente recorrido: avenida Padre Ladislao Sarley, mano izquierda sentido A. del Valle a 25 de Mayo hasta la estación de servicios, continuando por mano derecha hasta la rotonda de las Rutas Provinciales N° 8 y N° 9; continuando por avenida San Martin hasta la calle Julio Pereira una cuadra; doblando a la izquierda por la calle sin nombre una cuadra hasta la calle 17 de Octubre; después por esta hasta la intersección con calle Juan Manuel de Rosas; siguiendo por esta a la izquierda una cuadra hasta calle Malvinas Argentinas; después por esta última a la derecha tres cuadras hasta calle 20 de Junio; doblando a la izquierda una cuadra hasta calle Brasil, después por esta a la derecha una cuadra hasta calle 25 de Mayo; por esa a la izquierda hasta la Avenida San Martin terminando en la Comisaría; después partiendo del lugar mencionada por calle Roberto Franck una cuadra hasta calle Misiones a la izquierda una cuadra hasta calle Almirante Brown por esta dos cuadras hasta cruce con calle Victorio Cardozo, siguiendo derecho por el cruce sobre calle sin nombre hasta llegar a la intersección con calle Alfredo Schoninger; por esta una cuadra a la derecha hasta la intersección con Ruta Provincial Nº 8 o avenida Julio Humada, y por Ruta Provincial N° 8 mano izquierda hacia la Localidad de Santa Rita.
ARTÍCULO 9.- Autoriza a la empresa Teyma Abengoa S.A. – Lesko SACIFIA – Riel S.R.L – UTE, adjudicataria de la obra Construcción Estación Transformadora 132/33/13.2 KV Aristóbulo Del Valle; Estación Transformadora 132/33/13.2 KV San Vicente Y Obras Complementarias según Licitación Pública Internacional N°9/2011, a realizar los trabajos de ejecución de una Línea de Media Tensión de 33 KV proveniente de la Estación Transformadora Aristóbulo del Valle hasta la futura subestación Transformadora 25 de Mayo II ubicada en el Lote A, Calle 9 de la Localidad de 25 de Mayo y la interconexión de esta última utilizando Línea Doble Terna de 33 KV en Protegida Compacta con la Subestación transformadora 25 de Mayo I ubicada sobre Humberto Bogado casi Rosalina Kerkoff de Schoninger. La misma se desarrollara por la Ruta Provincial N°9 hasta la rotonda de la intersección con la Ruta Provincial N° 8, continuando luego por la avenida San Martin hasta la esquina de la intersección con la calle Primeros Colonizadores, por el lado este; cruzando hacia el oeste, continuando por el boulevard entre la avenida San Martin y colectora Osvaldo Hoffmannbeck cruzando a la avenida Julio Cesar Humada por el lado este, hasta frente el punto medianero ubicado entre los Lotes N° 20 F y N° 21 extendiéndose luego en corte perpendicular sobre la avenida Julio César Humada y la colectora Humberto Bogado para finalizar en la Subestación Transformadora 25 de Mayo I.-
CAPÍTULO II EMPEDRADOS, BADENES Y CORDONES CUNETA
ARTÍCULO 10.- Aprueba la construcción del empedrado en zona urbana sobre calle Primeros Colonizadores y calle Domingo Faustino Sarmiento de nuestra localidad con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 452.504,00 (pesos cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos cuatro con 00/100) por la construcción de 1.520 m2 dividido en 3 tramos según planilla de cómputos y presupuesto de obra que acompaña a la presente Ordenanza como Anexo III.
ARTÍCULO 11.- Autoriza considerar el monto pagado por Orden de Pago (O.P.) N° 1576/18 de fecha 16 de octubre de 2018 según factura N° 200/202 a la empresa Tornería Tony S.R.L. por la suma de $ 52.558,34 (pesos cincuenta y dos mil quinientos cincuenta y ocho con 34/100), por el acopio de materiales para la obra mencionada en el Artículo 10.
ARTÍCULO 12.- Aprueba la construcción del empedrado en zona urbana sobre calle Manuel Belgrano de nuestra Localidad con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 241.137,00 (pesos doscientos cuarenta y un mil ciento treinta y siete con 00/100) por la construcción de 810 m2.
ARTÍCULO 13.- Aprueba la construcción del empedrado en zona urbana sobre Calle 1° de Mayo y Malvinas Argentinas; Barrio Nuevo de nuestra localidad con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 712.677,84 (pesos setecientos doce mil seiscientos setenta y siete con 84/100) por la construcción de 893,44 m2 en calle 1° de Mayo y 1.365,00 m2 en calle Malvinas Argentinas.
ARTÍCULO 14.- Aprueba la construcción de empedrado sector calle Belgrano, intersección calle Omar Wabeke, calle Walter Maili con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 434.022,78 (pesos cuatrocientos treinta y cuatro mil veintidós con 78/100).
ARTÍCULO 15.- Aprueba la construcción de cordón cuneta y badenes en zona urbana sobre continuación calle Manuel Belgrano, Sección 1 de 144 ml; Calle Walter Maili 222 ml; calle Manuel Belgrano Sección 2 de 196 ml y calle N° 25 de 176 ml, de nuestra Localidad con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 350.438,12 (pesos trescientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y ocho con 12/100) por la construcción de 738 ml de cordón cuneta y 36 ml de badén.
ARTÍCULO 16.- Autoriza al Ejecutivo Municipal la construcción de empedrado, cordón cuneta y badenes en el barrio Nuevo Sector III, según proyecto técnico que se adjunta por un monto total de pesos un millón doscientos noventa y tres mil seiscientos setenta y uno con 66/00 ($1.293.671,66).
ARTÍCULO 17.- Incorpora el Anexo IV correspondiente a la obra mencionada en el Artículo 16, que cuenta con 13 folios y que forma parte de la presente Ordenanza.
CAPÍTULO III REFUGIO PARA PASAJEROS
ARTICULO 18.- Aprueba la construcción de refugio para usuarios del transporte público de pasajeros, cantidad 2 unidades (dos) con fondos del Programa del Consenso Fiscal por el monto de $ 80.000 (Pesos Ochenta Mil).
ARTICULO 19.- Aprueba la construcción de un (1) refugio para usuarios del transporte público de pasajeros, con fondos del Programa del Consenso Fiscal por el monto de $ 65.000 (Pesos sesenta y cinco mil), según planilla de cómputos y presupuesto que como Anexo V forma parte de la presente.
CAPÍTULO IV SOPORTES METÁLICOS
ARTICULO 20.- Aprueba la preparación de soportes metálicos cantidad 20 unidades (Veinte) de nomencladores viales urbanos con fondos del Programa Consenso Fiscal por el monto de $ 49.000 (Pesos Cuarenta y Nueve Mil).
CAPÍTULO V AMPLIACIÓN DE ENTUBAMIENTOS
ARTÍCULO 21.- Aprueba la ampliación entubamiento sector ex terminal de 25 de Mayo, con fondos del Programa Consenso Fiscal, por el monto total de $ 703.000,00 (Pesos Setecientos tres mil con 00/100).
CAPÍTULO VI ROTONDAS
ARTÍCULO 22.- Autoriza a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar trabajos en la rotonda existente en la intersección de las Rutas Provinciales Nº 8 y Nº 9.
ARTÍCULO 23.- Los trabajos a ejecutar mencionados en el Artículo 22, consisten en el mejoramiento de los radios de giros actuales, tendientes a dotar de mayor funcionalidad y visibilidad principalmente a los vehículos de gran porte (camiones y ómnibus) que circulen por la mencionada rotonda. Para ello es necesario disminuir la superficie del anillo central para ensanchar la calzada de la rotonda. ARTÍCULO 24.- Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal.
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